ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA el Sobreseimiento de la presente Causa, instruída en contra de PERSONA(S) DESCONOCIDA(S), por la comisión de los delitos de ALTERACIÓN DE SERIALES y APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE ROBO, previstos y sancionados en los artículos 8 y 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del ciudadano DENIS JAVIER HERNÁNDEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-12.654.133, de 30 años de edad, soltero, residenciado en el Sector La Pedregosa, parte alta, avenida principal, casa s/n Mérida, Estado Mérida.
Publíquese, regístrese y notifíquese la presente decisión al Solicitante y al Representante Fiscal, y remítanse en su oportunidad las actuaciones al Archivo Central de este Circuito Judicial Penal a los fines de su guarda, custodia y conservación. CÜMPLASE.-
EL JUEZ DE CONTROL No. 07,
ABG NOEL E PETIT LEAL
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