este Tribunal de Control 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Acuerda: : PRIMERO: SE DECRETA LA APREHENSIÓN EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA, por encontrarse dentro de los extremos señalados en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado: EDIKSON GREGORIO ANTUNEZ ANTUNEZ venezolano, mayor de edad, dice ser titular de la cédula de identidad número V- 15.037.190, de 32 años de edad, natural de Maracay , Estado Aragua, nacido en fecha 11-07-1978, soltero, obrero hijo de ELVIRA ROSA ANTUNEZ y padre desconocido, domiciliado en la segunda calle.,Casa 78, invasiones Independencia II, sector Agua Blanca, al frente de la casa hay una bodega de la señora BENILDE, Municipio Tulio Febres Cordero, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, (Escopeta), previstos y sancionados en los.....