DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 Constitucional, 48, numeral 8°, 318, numeral 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, y 417 del Código Penal Venezolano Vigente para el momento de ocurrir los hechos constitutivos del señalado hecho punible, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra el ciudadano LUIS ALCIDES ROJAS RAMIREZ, venezolano, de 55 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.264.342, residenciado en la entrada del Barrio 23 de Enero, Casa No. 24-23, El Vigía, Estado Mérida, por la comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES GRAVES, previsto y tipificado en el artículo 417 del Código Penal Venezolano Vige.....