Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 Constitucional, 37, 108, ordinal 7°, 422, ordinal 1º, del Código Penal Venezolano vigente para el momento de ocurrir el señalado hecho punible, en concordancia con el articulo 415, eiusdem, y los artículos 48, numeral 8°, 282 y 318, numeral 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No 07 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, instruida en contra de WILMER JOSE ZAMBRANO JIMENEZ, titular de la cédula de Identidad Nº 10.485.514, domiciliado en La Azulita, Avenida Zerpa, Casa No. 5-12, Estado Mérida, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 422, ordinal 1º, del Código Penal Ven.....