Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Ejecución N° 02, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. ACUERDA: La formula alternativa de cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL, al penado MARCO ANTONIO LOAIZA GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 25-10-1.976,titular de la cédula de identidad N° 13.281.997, soltero, obrero, residenciado en el Barrio San José , Parte Baja, casa sin número de esta ciudad de El Vigía, por existir en forma simultanea y concurrente, los requisitos que exige en el artículo 501 y de conformidad con el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal, se fijan las siguientes condiciones al penado, quien se comprometerá a cumplirlas:________
1. No incurrir en nuevos hechos delictivos.________________
2. Debe mantenerse ubicado laboralmente de manera estable y presentar al Tribunal las Constancia de Trabajo cada dos meses._______________
3. Evitar lugar y pe.....