Decisión: Por lo anteriormente expuesto, este TRIBUNA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN Nº 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en NOMBRE de la REPÚBLICA BOLIVARIANA de VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, de conformidad con lo pautado en el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de FERMIN ARMANDO ORTEGA GARCIA, venezolano, natural de El Vigía Estado Mérida, titular de la cédula de identidad N°.V. 13.677.472, nacido en fecha 22-04-1980, chofer, el penado no fue detenido, lo que quiere decir que debe cumplir la totalidad de la pena, y el lapso para el régimen de prueba es de DOS (02) AÑOS NUEVE (09) MESES . -El Tribunal le impone al penado, las siguientes condiciones, las cuales deberá cumplirlas dentro del lapso señalado, acotando que el incumplimiento de una sola de ellas acarrea l.....