En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, se declara INCOMPETENTE POR RAZÓN DE LA MATERIA, para conocer el recurso de apelación 5 de octubre de 2018 (f. 1865), por el abogado ABDÓN SÁNCHEZ NOGUERA, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MAGLENE EDIT MORET GONZÁLEZ, LIVIS DEL VALLE MORET GONZÁLEZ, FRANKLIN ORLANDO MORET GONZÁLEZ, NÉSTOR ALEXANDER MORET GONZÁLEZ, CARLOS MIGUEL MORET GONZÁLEZ y LUIS HENRY MORET GONZÁLEZ en su condición de partes codemandadas, contra la sentencia dictada en fecha 8 de agosto de 2018 (fs. 1808 al 1850), por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA CON SEDE.....