Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 4 de junio de 2012, por la solicitante, contra la sentencia dictada el 30 de mayo del citado año, por el Juzgado Tercero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida. Se declaró SIN LUGAR la solicitud presentada el 22 de noviembre de 2010 ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía.