Por las consideraciones anteriormente hechas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de UNICOS U UNIVERSALES HEREDEROS promovida por la ciudadana MARIA TRINIDAD HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° V-10.710.678, domiciliada en el Municipio Campo Elías del Estado Mérida y hábil, debidamente asistida por el abogado en ejercicio VICTOR DANIEL CARNEVALI LOBO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 78.299, por haber contradicción entre lo solicitado y los documentos probatorios consignados en autos., Y ASÍ SE DECIDE.-