DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante: LUDOVINO FLORES, a su cónyuge e hijos ciudadanos: LIGIA ELVIRA GUILLEN (V) DE FLORES, JORGE ALBERTO FLORES ARAQUE, WILLIAM GERARDO, ARMANDO JOSE, ZORAIDA COROMOTO y JOSE GREGORIO FLORES GUILLEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V-676.170, V.-4.887.658, V.-8.012.566, V.-8.026.816, V.-8.027.412 y V.-9.476.982, en su orden, de este domicilio y civilmente hábiles. Se dejan a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones establecidas en las disposiciones legales mencionadas. Se ordena devolver a los interesados las presentes actuaciones originales, a los fines legales que estimen pertinentes