Por las consideraciones anteriormente hechas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR, la solicitud de conversión en divorcio, conforme a lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil, hecha por los cónyuges ciudadanos: JOSE ENRIQUE RONDON y MARIA MAGDALENA BUITRAGO DE RONDON, ambos debidamente identificados y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial establecido entre ellos en fecha, veinticuatro de Enero de mil novecientos setenta y cinco, por ante el Juzgado Primero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, según Acta Nº 1. Este Tribunal no dicta providencia alguna en cuanto a hijos, por cuanto los cónyuges en su escrito cabeza de autos, manifiestan que son mayores d.....