PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa invocada por el ciudadano ALBERTO ABSALOM OGLY MANINAT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.956.302, debidamente asistido de la abogada en ejercicio YADIRA BALZA DUGARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el No.91.528, contenida en el ordinal 5° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, referida a la fianza o caución. SEGUNDO: CON LUGAR la cuestión previa de la PREJUDICIALIDAD, invocada por el ciudadano ALBERTO ABSALOM OGLY MANINAT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.956.302, debidamente asistido de la abogada en ejercicio YADIRA BALZA DUGARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 91.528, contenida en el ordinal 8° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia de conformidad con lo establecido en el articulo 355 ejusdem, el proceso continuará su curso hasta llegar al estado de sentencia, en cuyo caso se suspenderá hasta que el plazo o la condición .....