. Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Art. 936 del Código de Procedimiento Civil, declara UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante LUIS ANTONIO SALAZAR, a sus legítimos hijos ciudadanos MARIA LUISA, MARIA TOMASA, ANTONIO RAMON, OLGA MARINA, EMERITA DEL CARMEN y NESTOR ALFONSO SALAZAR HERNANDEZ, dejándose a salvo los derechos a terceros, de acuerdo a las previsiones legales mencionadas