En Merito a las consideraciones que anteceden este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus Leyes, DECLARA:
PRIMERO: Se declara la CONFESION FICTA de la parte querellada, ciudadanos SOLEYDA DEL CARMEN HERNÁNDEZ NAVA y el ciudadano BEHERMANN EDGARDO RAMÍREZ, venezolanos, mayores de edad, con cédula de identidad Nº V- 3.961.843 y V-9.084.487, domiciliada la primera en la ciudad de Mérida, Estado Mérida, y el segundo en la ciudad del Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se declara con lugar la Querella Interdictal interpuesta por la ciudadana IRAIDA DEL CARMEN JAIMES JAIMES, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad Nº V- 10.349.357, de éste domicilio y hábil, representada por la abogado en ejercicio JOSE FRANCISCO A. MENDEZ CEPEDA, titular de la cédu.....