PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL, propuesta por los ciudadanos MIGUEL ANGEL VIELMA VIELMA y JORGE RAFAEL MEDINA CRUZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.993.703 y V-7.473.570, conductores, domiciliados en la ciudad de Mérida Estado Mérida y hábiles, actuando en su carácter de Presidente y de Vice-Presidente de la Asociación Civil "LINEA DE TAXIS EL RODEO PLAZA", domiciliados en Mérida, Municipio Libertador del Estado Mérida y hábil, asistidos del Abogado en ejercicio MARCO TULIO TORRES GUERRERO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 21.130; contra el acto inminente y lesivo que alegan ser causado por las actuaciones de las ASOCIACIONES: ORGANIZACIÓN TAXISTAS "POR ESTAS CALLES", y ASOCIACIÓN CIVIL "LINEAS UNIFICADAS", en virtud que existen mecanismos administrativos y judiciales distintos a la presente vía, los cuales aún no han sido agotados, como ya quedo establecido. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: E.....