JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Once de Agosto de dos mil diez.
200º Y 151º
EXPEDIENTE. Nº 7774
Visto el convenimiento, celebrado en el acta de fecha 03 de Agosto del año en curso, que corre inserto a los folio 09 y 10 del Cuaderno de embargo, donde la ciudadana NANCY MARÍA RANGEL DE ESPINOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.767.282, asistida de abogado, manifestó ser la madre de la demandada ciudadana YOSEMAR DEL VALLE ESPINOZA RANGEL, Ofreció pagarle a la parte actora, la cantidad de (BS. 15.000,oo) por la deuda de su hija de la siguiente manera: La cantidad de (Bs. 10.000,oo) con 03 objetos muebles, restando la cantidad de (Bs. 5.000,oo) de la totalidad de la deuda y la cantidad de (Bs. 2.000,oo) por honorarios profesionales, las cuales se comprometió a pagar de (Bs. 500,oo) mensuales a partir del mes de Noviembre del 2010,, y la abogada MAR.....