JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. Mérida, Doce de Noviembre de Dos Mil Nueve.-
199º y 150º
Por recibido el anterior libelo de demanda junto con lo recaudos acompañados, fórmese expediente, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Vista la demanda propuesta por la abogada MARLENI DEL SOCORRO SUAREZ PUENTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.027.000, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 57.870, de este domicilio y hábil, en su condición de TENEDORA LEGITIMA de una letra de cambio, cuyo beneficiario y librador es el ciudadano JORGE EL ZELAH, CONTRA: CARLOS ARTURO CALDERON GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, abogado, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 5.767.907, de este domicilio y hábil, POR COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA. Es por lo que se ADMITE LA MISMA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, ya que están llenos los extremos exigidos en los artícu.....