JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, Veinticinco de Febrero de Dos Mil Diez.
199º y 150º
Por recibido, la anterior solicitud, junto con los recaudos acompañados, es por lo que se acuerda darle entrada, formar expediente y el curso de Ley. En consecuencia, vista la anterior solicitud, interpuesta por la ciudadano LUCIO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.453.722, domiciliado en la ciudad de Mèrida, Estado Mèrida y civilmente hábil, asistido por el Abogado HERNAN ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 3.053.473, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 34.388, mediante la cual solicita se le declare Título Supletorio de Propiedad sobre unas mejoras consistentes en una casa de habitación, de tres (3) habitaciones, cocina, baño, comedor, recibo, con paredes de bloque, piso de cemento y techos de acerolit,.....