"...este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: PRIMERO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA, de conformidad con lo establecido en el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 269, eiusdem, por la inactividad de la parte actora en darle impulso procesal a la presente causa, por el espacio de más de treinta (30) días. SEGUNDO: Que una vez quede definitivamente firme la presente decisión, se suspenderá la MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre un inmueble, vinculado en los terrenos que constituyen la Comunidad denominada Páramo "El Salado" o Páramo "Las Palmas", ubicado en jurisdicción del Municipio Rivas Dávila del Estado Mérida, decretada por este Juzgado en fecha 14 de octubre de 2010, se da por terminado el juicio y se ordena el archivo .....