En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN intentada por la ciudadana HERMELINDA DEL CARMEN PEÑA DE RIVAS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-2.285.279, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Mérida y civilmente hábil, asistida por la abogada en ejercicio ESTEFANIA COROMOTO PÉREZ DURAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.145.380, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 174.333, domiciliada en esta ciudad de Mérida estado Mérida y jurídicamente hábil, inserta por ante la PREFECTURA CIVIL DEL MUNICIPIO EL LLANO, DISTRITO LIBERTADOR DEL ESTADO MÉRIDA, la cual quedó inserta bajo el N° 315, folio 317, corres.....