En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO intentada por el ciudadano RAMÓN ANTONIO DE JESÚS RIVAS RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-6.729.330, domiciliado en la Ciudad de Mérida Estado Mérida y civilmente hábil asistido por la abogada en ejercicio REINA TERESA RANGEL RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 3.764.232, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 13.299, domiciliada en esta Ciudad de Mérida Estado Mérida y jurídicamente hábil, la cual se encuentra asentada por ante el REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA ANDRÉS ELOY BLANCO, MUNICIPIO MIRANDA, DEL ESTADO MÉRIDA, inserta.....