PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 16 de octubre de 2025 (f. 64), por los ciudadanos JOSÉ LUIS GUILLEN CONTRERAS y JOSÉ DE JESÚS GUILLEN SERRANO, en su condición de parte demandada, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio GERARDO RAFAEL PACHECO BRICEÑO, contra la sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 2025 (fs. 50 al 58), por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con extensión EL VIGÍA, mediante el cual declaró extemporáneo por tardío el derecho a la retasa y con lugar la demanda de honorarios profesionales extrajudiciales, en el juicio incoado por la ciudadana DUNIA CHIRINOS LAGUNA, en contra de los recurrentes. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por la abogada DUNIA CHIRINOS LAGUNA, actuando en nombre propio, en defensa de sus derechos e intereses. TERCERO: Se REVOCA la sentencia dictada en fecha 14 de agosto de 202.....