Se dictó sentencia en la presente causa en los términos siguientes: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta el 8 de agosto de 2024 (folio 211), por el abogadoALIRIO MOLINA, apoderado judicial de la demandada ciudadana SORANY ZAMBRANO RIVERO, contra la sentencia definitiva de fecha 30 de julio de 2024, proferida por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en la ciudad de El Vigía, en el juicio que por reconocimiento de unión concubinaria, seguido por la ciudadana ANA LUCRECIA LEÓN GARCÍA, en contra de ala apelante, ciudadana SORANY ZAMBRANO RIVERO, mediante la cual dicho Tribunal declaró "CON LUGAR la pretensión de reconocimiento de unión concubinaria acaecida en el periodo comprendido desde el desde el 19 de septiembre de 1992 hasta el 29 de septiembre de 2019, incoada por la ciudadana ANA LUCRECIA LEON GARCIA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad.....