PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, interpuesta por el ciudadano JHON FERNANDO MALDONADO FAJARDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 18.499.147, de este domicilio y hábil; actuando en nombre y representación de la ciudadana FELICITA MARÍA MALDONADO FAJARDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 9.026.092, según consta de PODER ESPECIAL, conferido ante la Notaría Pública Segunda del estado Mérida, en fecha 01 de septiembre de 2025, bajo el N° 22, Tomo 19, Folios 194 hasta 198; marcado con la letra "B", asistido por el Abogado LEONARDO ANTONIO PINTO RONDÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V 8.018.182, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 99.263, también este domicilio y jurídicamente hábil; por cuanto el solicitante no tiene Capacidad de Postulación, conforme a lo dispuesto en los Artículos 136 y 166 del Código de Procedimiento Civil, e.....