L A D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME OTORGA LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, EL DIVORCIO de los ciudadanos ELVER LEOBARDO CAICEDO RIAÑO y INDYARI SANCHEZ PEREZ,venezolanos , mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros: V- 19.487.165y V- 18.579.311, de este domicilio y hábiles,de conformidad con el artículo 185 del Código Civil Vigenteen concordancia con Sentencias emanadas del Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional del 15 de Mayo de 2014, la solicitud formulada y consecuencialmente, declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los cónyuges, según acta de matrimonio expedida por la Oficina de Registro Civil del Municipio Tovar del Estado Bolivariano de Mérida, inserta bajo el Nº 49, en los libros de Registro Civil de Matrimonios del año 2015.
SEGUNDO: Por cuanto los solicitantes han.....