DECISION
Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 375 del Código adjetivo penal CONDENA al ciudadano JAIME NEPTALÍ RAMIREZ LOPEZ, venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 02/12/1972 de 43 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad N° 10.902.031, de oficio Pintor, con domicilio en: Sector El Corozo, carrera 08 entre calle 5 y 6 casa Nº 34, Tovar, Municipio Tovar del estado Bolivariano de Mérida, Teléfonos 0416-8745105; a cumplir la pena de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por considerarse como autor voluntario y penalmente responsable de los delitos de ACOSO SEXUAL CON LA AGRAVANTE.....