este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SALA DE JUICIO EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 177 parágrafo cuarto de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara tales actuaciones suficientes para asegurar a la adolescente OMITIR NOMBRE, dieciséis (16) años de edad, a la niña OMITIR NOMBRE, de siete (07) años de edad, y los ciudadanos DANIEL ANTONIO BRICEÑO LOPEZ, ARCANGEL JAVIER BRICEÑO LOBO, ARGENIS BRICEÑO LOBO, ANI CAROLINA BRICEÑO LOBO, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante ARCANGEL BRICEÑO RODRÍGUEZ, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.004.498, quien falleció el día cuatro (04) de julio de dos mil 2003 (04-07-2003), según se eviden.....