Se ADMITIÓ cuanto ha lugar en derecho la pretensión autónoma de amparo constitucional contra la sentencia definitiva proferida en fecha 19 de marzo de 2013, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, propuesta por el profesional del derecho JOSÉ JAVIER GARCÍA VERGARA, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano ALEJANDRO MATA ESCOBAR, y, por consiguiente, ORDENA su sustanciación conforme a las pautas procedimentales establecidas al efecto por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia número 7, del 1° de febrero del 2000 (caso: José Amado Mejía Betancourt).