Este Tribunal visto que la parte actora cumplió con lo requerido, según el auto de fecha 22 de mayo de 2009 (folio 528 y vuelto), acuerda librar recibos de citación, emplazando a los co-demandados, ciudadanos ERLES CIPRIANO, JOSE GREGORIO, EDGARDO RICARDO, DARCY CLEOFA, FLOR ISOLINA y OMAIRA CECILIA IBARRA RODRIGUEZ, plenamente identificados en autos, para que comparezcan por ante este Juzgado dentro de los VEINTE DÍAS DE DESPACHO, siguientes a aquél en que conste en autos la última de las citaciones, en cualesquiera de las horas de despacho señaladas en la tablilla del Tribunal, a fin de que de contestación a la demanda que se providencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 344 del Código de Procedimiento Civil. Líbrense RECIBOS de citación anexándoseles copias certificadas del libelo de la demanda, con la orden de comparecencia al pie y entréguense al Alguacil de este Juzgado para que los haga efectivos. Certifíquense por auto separado copias del libelo de demanda.
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