DISPOSITIVA.
Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente mencionadas éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio No. 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 236 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 26, 30 ultimo aparte, 44.1º, 49.3º y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, REVOCA la Medida Cautelar Sustitutiva, impuesta a la imputada por el Tribunal de Control No. 03, en fecha: 04-11-2010, y dicta una ORDEN DE APREHENSIONen contra de la imputada: JOMARA JAKELINE GAY RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, nacida en fecha: 21-03-1984, de 30 años de edad, de estado civil casada, de profesión u oficio estudiante y manicurista, titular de la cédula de identidad No. V-17.368.871, domiciliada en la población de Ba.....