Este TRIBUNAL PENAL DE CONTROL N° 02, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara: PRIMERO: Declara con lugar y se acuerda la ENTREGA EN GUARDA Y CUSTODIA al ciudadano JOSE ROBERTO AGUILAR BARONA, supra identificado, el VEHICULO: Con las siguientes características: VEHICULO: CLASE AUTOMOVIL, PLACA: ASI-714, MARCA: FORD, SERIAL DE CARROCERIA AJ77DY38859, SERIAL DE MOTOR: V-6, MODELO. COUGUART, COLOR AZUL, AÑO 1983, TIPO SEDAN, SERVICIO PRIVADO, USO PARTICULAR, el cual le pertenece por compra que le hizo a la ciudadana DIANA ARIAS ORDOÑEZ, titular del a cedula de identidad N° 23.201.211, según constan del documento autenticado por ante la Oficina de la Notaría Pública de El Vigía, Estado Mérida, inserto bajo el N° 07, Tomo 19, de fecha 31-08-2006, por cuanto el mismo, según la Representación Fiscal, no es imprescindible para la investigación, y observando según documentos y experticias consignadas dicho vehículo no ap.....