Mediante auto se ACUERDA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del penado GIL ANTONIO PINILLA HERNÁNDEZ, colombiano, de 67 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° E- 81.732.763, a los fines de que explique los motivos por los cuales no ha dado cumplimiento a las condiciones que le fueron impuestas al otorgársele la Libertad Condicional, en el que se le condena a cumplir la pena de DIECISIETE (17) AÑOS, SEIS (06) MESES y VEINTE (20) DIAS DE PRESIDIO, más las accesorias de ley, previstas en el artículo 13 del Código Penal, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y PORTE ILICITO DE ARMA BLANCA, previstos y sancionados en los artículos 407 en concordancia con el ordinal 3º, literal a del artículo 408 y 278 todos del Código Penal.-