Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, considera SUFICIENTES y BASTANTES las presentes actuaciones para declararla de conformidad con el artículo 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, como TITULO ASEGURATIVO, del derecho que le asiste a los ciudadanos: VALENTINA BELTRAN DE VISBAL, JOSE ANTONIO, RICARDO HECTOR, GUSTAVO RAFAEL, LUIS HUMBERTO, PEDRO CARLOS, TOMAS ENRIQUE Y DELIA DOLORES VISBAL BELTRAN, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en su carácter de esposa e hijos del causante PEDRO TRINIDAD VISBAL MARTINEZ, dejando a salvo los derechos que pudieran asistirle a terceras personas.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITULAR,
SULAY QUINTERO QUINTERO
ACZ/SQQ/ymca.-