Este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR el Divorcio de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, y consecuencialmente declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los ciudadanos MIGUEL ANGEL VIELMA VIELMA y MARÍA MARGARITA ALONZO DELGADO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.993.703 y V-24.880.295, domiciliados el primero en la Parroquia Avenida Bolivar No. 9-669, Parroquia Juan Rodríguez Suárez, Municipio Libertador del Estado Mérida, la segunda domiciliada en la Variante, parte baja, entrada al sector La Huerta, vía principal casa s/n, Municipio Sucre del Estado Mérida, asistidos por la abogado, CARMEN DE LA CRUZ RONDÓN, según matrimonio celebrado por ante PREFECTURA CIVI.....