´En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Estadal en Funciones de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Se Admite Totalmente la Acusación presentada por el Ministerio Público y las pruebas promovidas en la forma antes señalada, de conformidad con lo previsto en el artículo 313 numerales 2 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. En contra de los imputados LUIS MIGUEL PINTO PEÑA, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 25438831, natural de Coloncito estado Táchira, fecha de nacimiento 05-11-1996, de 27 años de edad, soltero, de profesión u oficio: agricultor, con primer año de educación básica aprobada, hijo de Jairo Pinto (v) y Maria Mercedes Peña (v), residenciado en Guayabones, Sector La Inmaculada, calle que conduce el cementerio, casi llegando al cementerio después de la casa de los café, Parroqui.....