IV DECISIÓN
En mérito de los razonamientos que anteceden, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Sede el Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COMPRAR UN BIEN INMUEBLE, suscrita y presentada por los ciudadanos NOHELIA DEL CARMEN SILVA ANGULO y RODOLFO JOSE NAVARRO CARDENAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nº V- 19.539.365 y V-17.397.171, domiciliados en la calle 3 San Martin, casa Nro. 0-17, Vía San Cristóbal, Parroquia Presidente Páez, del Municipio Alberto Adriani, El Vigía- estado Mérida, correo electrónico santiagoapostol2024@gmail.com, en ejercicio de la patria potestad y representación de nuestro hijo, el adolescente (.....