PRIMERO: HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR Y RESIDENCIARSE EN EL EXTERIOR, junto con el EJERCICIO UNILATERAL DE LA PATRIA POTESTAD, suscrito y presentado por los ciudadanos MARIA DE LOS ANGELES BARRIOS BORREGALES Y JESÚS EMILIO ALARCÓN RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.754.468 y V-15.622.719, en su orden, domiciliados la primera en la Urbanización El Pilar, Avenida 25 de noviembre. Edificio 01. Piso 02, Apto 02-02, parroquia Montalbán, municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, y el segundo en la Urbanización San Buenaventura, calle principal casa N° C1-61, parroquia Matriz, municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida respectivamente, y civilmente hábiles.; a favor de la adolescente MARIA JESÚS ALARCON BARRIOS, de doce (12) años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-34.107.646, pasaporte N° 186261178, F.N.: 19/06/2012; pasándolo en autoridad d.....