Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de EVALU NAVA, venezolana, natural de El Vigía Estado Mérida, nacida en fecha 11/02/1974, soltera, comerciante, residenciada en la calle principal de la Urbanización Carabobo, casa Nº 50, El Vigía estado Mérida; por de los delitos de HURTO SIMPLE y ESTAFA, previstos y sancionados en los artículos 451 y 462 del Código Penal, figurando como víctima la ciudadana OLAYA CAÑON CLAUDIA MERCEDES, cédula Nº V-10.240.933; en aplicación de los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal.
SEGUNDO: No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el transcurso inexorable del tiem.....