El JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS MIRANDA Y PUEBLO LLANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los Artículos 2, 7, 26, 49 y 253 de la Constitución Nacional, en concordancia con el Artículo 11 y Aparte Único del Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y dando cumplimiento a la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18 de Marzo del año 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009, declara bastante las probanzas evacuadas para asegurar al solicitante MIGUEL ANTONIO MORENO, venezolano, mayor de edad, viudo, titular de la cédula de identidad N° V-15.583.351, domiciliado en el sector Pie de Cuesta, de esta población de Timotes Municipio Miranda del Estado Mérida y hábil, TITULO SUPLETORIO de propiedad sobre las mencionadas bienechurias, dejando a salvo los de.....