este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DESIGNA EL CARGO DE TUTOR Y PROTUTOR, de los niños: OMITIR NOMBRES, de diez (10) y once (11) años de edad respectivamente, a los ciudadanos: EULALIA ROSA MORA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad
Nº V-3.275.345, domiciliada en el Sector Villa Emilia, casa s/n, Parroquia Torondoy, Municipio Justo Briceño del Estado Mérida, como Tutora y JORGE ENRIQUE MORAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.720.791, domiciliado en la Vía Palito Blanco, Sector Glodedorio, calle 06, casa B-161 del Estado Zulia, como Pro-Tutor y hábiles. De conformidad con lo previsto en el artículo 177, Parágrafo Cuarto, Literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de .....