Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Municipal en Función Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide; PRIMERO: DECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL SEGÚN LO DISPONE EL ART. 49.7 DEL CODIGO ORGANICO PROCESAL PENAL Y EN CONSECUENCIA, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 300, ORDINAL 3 DEL CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL, SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida contra del ciudadano JOSE JAVIER GUTIRREZ RAMIREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-14.529.684, natural de El Vigía estado Mérida, Venezuela, nacido en fecha 15.08-1976, de 44 años de edad, soltero, de ocupación copnstructor, grado de instrucción tercer año de secundaria,, hijo de Ana Rodriguez (f) y de Angel Guillen (f), residenciado en el sector avenida 16, vereda 7, casa 8, ce color azul , puer.....