Por auto esta fecha se fundamenta decisión dictada el 07/03/2012, en la cual se ACUERDA LIBRAR ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del penado JUAN CARLOS TERÁN PINTO, venezolano, de 32 años de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-14.844.525, nacido en fecha 10-06-79, natural de Santa Bárbara del Zulia, hijo de Juan Terán y de Guillermina Pinto, soltero, obrero, domiciliado en el Barrio Monte Claro, Avenida 02, Casa N° 11-74, Santa Bárbara del Zulia; sentenciado a cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, de conformidad con el articulo 5, en concordancia con los numerales 1, 3 y 10 del articulo 06 de la ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores en concordancia con el artículo 83 del Código Penal en perjuicio del ciudadano JOSE RIGOBERTO RODRIGUEZ CONTRERAS.-