Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, ELMER YOANGLYS CHACON CHACON , venezolana, , titular de la cédula de identidad Nº 16.742.965, residenciado en el Barrio 5 de julio, calle principal, casa S/N diagonal a la cancha El Vigía, teléfono 0414-0365007 El Vigía Estado Mérida por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 420 numeral 2 del Código Penal, en perjuicio de JOSE ANTONIO ARAQUE ARAUJO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 13.676.854, residenciado Barrio la esperanza, calle 3, Francisco de Miranda Nª 007 El Vigía, Estado Mérida, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico P.....