PRIMERO: Aprueba el Acuerdo Reparatorio celebrado entre el ciudadano José Oscar Ramírez Avendaño y los ciudadanos Jesús Jaimez Álvarez, Gonzalo Jaimes Lozano, Rosa Álvarez de Jaimes y Milagros del Valle, por tratarse de unas lesiones culposas, conforme lo establece el numeral 2º del artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Declara extinguida la acción Penal, por cumplimiento de acuerdo reparatorio de acuerdo al Artículo 48.2 de la citada norma adjetiva.
TERCERO: Sobresee la causa por extinción de la acción penal, de acuerdo al numeral 3º del artículo 318 del mismo código penal. Se acuerda la remisión de las presentes actuaciones para el archivo judicial de este mismo Circuito Judicial Penal, una vez concluido el lapso legal.
EL JUEZ DE CONTROL N° 05
ABG. JOSE GERARDO PEREZ RODRIGUEZ
LA SECRETARIA
ABG. SIOLY CONTRERAS