Por tal motivo, por cuanto en la causa principal que cursa ante el Juzgado de Ejecución N° 02 del Estado Trujillo, de cuya causa, éste tribunal Segundo de Ejecución del Estado Mérida es tribunal vigilante, el penado ROOSMEN LEANDRO DUARTE PERDOMO, se encuentra cumpliendo pena de DIEZ (10) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO Y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277 del Código Penal, tal como consta en sentencia de fecha 11-01-2010, se acuerda declinar el conocimiento del presente asunto al Juzgado de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial del Estado Trujillo, conforme a lo dispuesto en las siguientes disposiciones: Artículo 70 del Código Orgánico Procesal Penal, que dispone: "Son delitos conexos: ...4. Los diversos delitos imputados a una misma persona;...". Artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, que establece: "Por un solo delito o falta no se seguirán diferentes procesos, aunque lo.....