Por lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión del ciudadano: WAILOONG JACKSON CHENG GONZALEZ, venezolano, natural de Porlamar, Nueva Esparta, de 23 años de edad, nacido en fecha 10-01-1989, obrero de Construcción, titular de la cédula de identidad N° V.- 19.945.200, hijo de Chi Wai Cheng y Teresa Marina González, y residenciado en la Urbanización Paez sector I, vereda II, casa Nº 06, al frente del Mercado Campesino, El Vigía Estado Mérida, teléfono 0414-5327784 ; por cumplirse con los requisitos establecidos en artículo 44 numeral 1 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el articulo 248 del COPP; en la causa que se le sigue por la pres.....