siendo las once y treinta minutos de la mañana, habiendo salido el Tribunal de su sede a las once de la mañana, se trasladó y constituyó previa solicitud de la parte actora, frente a un inmueble, ubicado en el sector San Pedro N° 7-32, avenida Principal, calle 7, Parroquia Milla de este Estado Mérida, con el fin de dar cumplimiento a la medida de secuestro, decretada por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, CONCLUSIÓN esta comisión es devuelta cumplida. Se deja constancia que se respetaron todos los derechos y garantías constitucionales y que por esta actuación no se recaudo arancel alguno dada la gratuidad de la Justicia. Terminó, se leyó y estando conformes firman. La Juez Provisorio Abg. Iria Bracho de Suárez firma ilegible. La Secretaria (fdo) Hélides Lacruz Bonilla, firma ilegible. Esta estampado en tinta el sello de este Tribunal.-