En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Acuerda dejar sin efecto la Orden de Aprehensión librada en fecha 13/03/2006 contra el investigado JOSÉ RAMÓN GARCÍA GARRIDO, venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 14.022.503, de 37 años de edad, natural de El Vigía Estado Mérida, de oficio obrero, nacido en fecha 30-11-1975, anafalbeta, hijo Vicente Jesús García (f) Ana Luisa García Garrido (f), residenciado en la población de Guayabones, calle el cementerio, casa s/n, entrada a mano izquierda, finca propiedad del señor Pascual Ramírez, Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida; por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, delito previsto y sancionado en el articulo 34 de la Ley contra el Trafico Ilícito y .....