PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS Y TRÁMITE DE VISA AMERICANA, suscrito y presentado por los ciudadanos XIOMARA MÁRQUEZ GULLOZO y JESÚS ISRRAEL REINOZA MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-10.244.452 y V-16.655.033, en su orden, domiciliados en calle 8 con calle 21, Conjunto Residencial Serranía Casa Club, Torre 16, piso 5, apartamento 01, parroquia Osuna Rodríguez, municipio Libertador, estado Bolivariano de Mérida, números de teléfono: 0424-7068831 y 0412-2285701, correos electrónico: xiomaramarquezgullozo@gmail.com y jesusreinoza25@gmail.com, respectivamente, y civilmente hábiles; a favor de su hijo, el adolescente ROMAN ANDRÉS REINOZA MÁRQUEZ, de catorce (14) años de edad, F.N.: 08/06/2010, titular de la cédula de identidad N° V-33.918.619, pasaporte venezolano Nº 167019758; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.