Por tales motivos considera este Juzgado que esta ajustado a derecho el pedimento hecho por la ciudadana Fiscal del Ministerio Público de que se otorgue el Sobreseimiento en la presente causa, en consecuencia ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY Primero: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR del ciudadano LOBORIO DAVILA, venezolano, de 44 años de edad, soltero, casado, chofer, portador de la cèdula de identidad No V-. 9.020.154, residenciado en la Urbanización Bubuqui 04, vereda 03, casa No 02, El Vigia, Estado Mèrida; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 318 numeral 3° y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se ordena notificar a la Fiscalía VI del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Mérida, Ext.....